La reforma al SEIA, una mesa coja

Por Gabriel Osorio Vargas | Disponible en www.latercera.cl

El Gobierno ha ingresado un proyecto de ley que moderniza el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Boletín Nº 11952-12), para superar la falta de confianza y críticas que ha tenido por el aumento de la participación ciudadana, la politización de las decisiones y la judicialización de los proyectos de inversión. Sin embargo, la reforma demuestra que el Poder Ejecutivo renuncia, en los hechos, a fortalecer la institucionalidad ambiental, provocando un profundo desequilibrio en su seno.

Este desequilibrio no es nuevo. Durante el mes de mayo, el Poder Ejecutivo creó, por decreto, el Comité Asesor de Proyectos Sustentables. Este comité tiene por objeto agilizar la obtención de permisos ambientales y sectoriales de los proyectos de inversión, buscando evitar los llamados retrasos excesivos y las incertezas de los procedimientos de aprobación. En resumen, el Ejecutivo crea vía decreto una agencia gubernamental de lobby que agilice la ejecución de proyectos y simpatice con los fines privados.

En otras palabras, el ethos ambiental de este Gobierno se centra en la generación “rápida” y “expedita” de patentes ambientales para ejecutar proyectos, omitiendo y confinando al olvido la necesaria y adecuada prevención y fiscalización que requieren esas patentes ambientales.

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, solo tiene sentido si tenemos al otro lado de la vereda un organismo de prevención, fiscalización y sanción que pueda compensar las facilidades que se dan para ejecutar proyectos con efectos ambientales. La actividad económica requiere, en la regulación ambiental, un adecuado equilibrio de fuerzas entre el fomento de la actividad y el resguardo del bien público ambiental.

De este modo, es posible otorgar un procedimiento administrativo expedito de Evaluación Ambiental, si tenemos la convicción que el instrumento regulatorio administrativo será fiscalizado.

¿Cuál es la situación actual de la Superintendencia del Medio Ambiente? Es posible sostener que dicha institución tiene inconvenientes. Estos pueden ser analizados o evaluados desde lo judicial, cuantitativo y administrativo.

Respecto a lo judicial, en los casos “Derrame de Petróleo de Enap” (Rol 15.549-2017) y “9000 toneladas de salmones” (Rol 34.594-2017) la Corte Suprema ha hecho un llamado de atención a la autoridad fiscalizadora para que, por un lado, no renuncie a sus competencias, y por otro lado, que las ejerza oportunamente y que no sea una autoridad reactiva.

Las cifras del Sistema Nacional de Fiscalización Ambiental demuestran que estamos en presencia de una autoridad sobrepasada. Los expedientes de fiscalización disminuyen año a año. De 5.959 expedientes de Fiscalización registrados en el 2013 pasamos a sólo 1.002 el año recién pasado. De los 21.927 expedientes de Fiscalización actualmente existentes sólo 733 han derivado en procedimientos administrativos sancionatorios, equivalentes al 3.34 por ciento del total de expedientes. ¿Se contamina menos? ¿somos más respetuosos con el Medio Ambiente?

Finalmente, la Contraloría también se ha pronunciado respecto de la rapidez con que la Superintendencia atiende las denuncias de los ciudadanos. Diversos dictámenes de dicha institución han recalcado la necesidad de cumplir con el principio conclusivo, instando a que se le otorguen respuestas oportunas a los ciudadanos frente a las denuncias que ingresan.

La urgencia que tiene el Poder Ejecutivo de fomentar la inversión, puesto que no han llegado los “tiempos mejores” en materia económica, no puede pasar por violentar el derecho que tenemos los ciudadanos a vivir y desarrollarnos en un medio ambiente libre de contaminación. Por lo tanto, una adecuada reforma a la institucionalidad de Medio Ambiente pasa también por fortalecer y otorgar mayores facultades a la Superintendencia de Medio Ambiente.